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¿Puede una persona de 19 años salir con una de 16?

En Florida, un joven de 16 o 17 años puede, legalmente/legalmente, consentir relaciones sexuales con alguien de 23 años o menos. Si es menor de 16 años, su consentimiento, sin importar cuán sincero sea, es legalmente insuficiente y no será un factor en un procesamiento penal subsiguiente. Del mismo modo, si puede dar su consentimiento (si tiene 16 o 17 años) pero tiene relaciones sexuales con alguien que tiene 24 años o más o menos de 16 años, su consentimiento es igualmente insuficiente legalmente y no será un factor en un proceso penal subsiguiente. Dicho esto (tímido de encarcelar falsamente o asegurar equipo de castidad), mientras que la familia no puede detener a un menor que es legalmente capaz de dar su consentimiento para hacerlo, el tutor legal de un menor puede solicitar protección al Tribunal en nombre del menor y en contra de la voluntad del menor en forma de una orden de restricción / requerimiento de protección. Si el Tribunal considera que la orden de protección redunda en el interés superior del menor, puede impedir legalmente cualquier contacto, directo o indirecto, entre el menor y su pareja sexual de hasta 23 años de edad. Cualquier violación de dicha orden judicial dará lugar a un encarcelamiento inmediato y a un enjuiciamiento penal independiente.
Si es o no un Juez podría emitir una orden (uno permanente de todos modos) está sujeto a los menores de ser capaz de hablar su mente, y, naturalmente, un curso de acción, si se persiguen, es probable que la unidad de una importante cuña en cualquier relación familiar. Esa es la ley. Es blanco y negro. Excepción. Sin excusas. No hay margen de maniobra. Si el menor es menor de 16 años o si el adulto es mayor de 23, entonces es un 100% «NO», y si ambas partes dan su consentimiento y están dentro de este rango de edad, entonces, por muchas razones, sigue siendo una situación delicada. Deseándole suerte y esperando haber sido de ayuda para responder a su pregunta.

Primero, segundo y tercero: No existe relación abogado-cliente en virtud de cualquier Q& A con Michael A. Haber, Esq. en Avvo. Cuarto: Todo lo que publiques en Avvo (o en sitios similares) o en cualquier red social es, por su naturaleza, público. Es esencialmente una admisión / confesión y se puede presentar como prueba como una declaración en contra de su interés en un procedimiento legal posterior. Una vez publicado, pierdes cualquier expectativa razonable de privacidad, por lo que, como este es un foro abierto (sin privilegios adjuntos), ten mucho cuidado al considerar qué publicar en línea (avisado de antemano es por antebrazo.)