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Visita a un Preso
Actualización al 22 de marzo de 2021: Como parte de nuestra respuesta a la pandemia de COVID-19, el Departamento Correccional de Michigan está tomando medidas para volver a visitar de forma segura. Consulte la información más actualizada en nuestra página CORRECCIONES de VISITAS por Video – Visitas por Video y Páginas de Retorno de Visitas en Persona CORRECCIONES de Visitas en Persona Durante la COVID-19.
INFORMACIÓN DE VISITAS:
ENLACES DE INFORMACIÓN DE VISITAS:
A partir del 1 de octubre de 2019 Normas de visita – Versión en inglés
En Vigencia 1 de octubre de 2019 Normas de Visita – Versión Española
Aplicación de visita
Normas de visita de vídeo – A partir del 17 de diciembre de 2020
EL PROCESO:
El prisionero debe completar un formulario de Lista de Visitantes (CAJ-334) que identifique a los familiares inmediatos* y no más de 10 visitantes potenciales. Las personas que el recluso haya incluido en su lista de visitas deben cumplimentar una Solicitud de visita (CAJ-103) para solicitar autorización para visitarlas. La Solicitud de Visita debe presentarse con anticipación para permitir la revisión de la Solicitud. INCLUIR UN SOBRE CON SELLO Y DIRECCIÓN PROPIA CUANDO SE DEVUELVA LA SOLICITUD ASEGURARÁ QUE EL VISITANTE PROPUESTO RECIBA UNA NOTIFICACIÓN DE SU APROBACIÓN O DENEGACIÓN DE VISITA. NO SE PERMITIRÁN VISITAS SIN ESTA APROBACIÓN.
*Miembro de la Familia Inmediata: Un abuelo, padre, padrastro, cónyuge, suegra, suegro, hijo, hijastro, nieto, hermano, medio hermano, hermanastro y hermanastra. Se puede incluir a una tía o un tío si se proporciona la verificación adecuada de que sirvieron como padres sustitutos. Si en el expediente del recluso no hay documentación suficiente para confirmar esta relación, el recluso o su familiar deberán presentar la documentación necesaria para confirmar adecuadamente la relación.
Se aprobará la inclusión de un visitante propuesto en la lista de visitantes aprobados del recluso si se cumplen todos los siguientes criterios:
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El visitante propuesto no está sujeto a una restricción de visitantes actual.
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El visitante propuesto no es un prisionero o un ex prisionero en ninguna jurisdicción. Sin embargo, el recluso o ex recluso que sea un familiar inmediato puede ser incluido en la lista de visitantes aprobados del recluso con la aprobación previa del Director del centro en el que se realizará la visita.
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El visitante propuesto no está en libertad condicional ni en libertad condicional en ninguna jurisdicción como resultado de una condena por delito grave. Sin embargo, un preso en libertad condicional o en libertad condicional que sea un familiar inmediato puede ser incluido en la lista de visitantes aprobados del recluso con la aprobación previa del Director de la instalación donde se realizará la visita y la aprobación por escrito del agente de campo supervisor.
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La persona tiene 18 años de edad o más, es un menor emancipado o el hijo menor, hijastro, nieto, hermano, hermanastro o medio hermano del prisionero. Sin embargo, un hijo menor de edad, hijastro, nieto, hermano, hermanastro o hermanastro del prisionero no será aprobado para ser colocado en la lista de visitantes aprobados del prisionero bajo ninguna de las siguientes circunstancias.
- Se notifica al Departamento que existe una orden judicial que prohíbe las visitas entre el menor y el recluso;
- Se notifica al Departamento que se han terminado los derechos parentales del recluso para su hijo;
- El recluso ha sido condenado por abuso infantil, conducta sexual delictiva o cualquier otro comportamiento agresivo o violento contra el menor o hermano del menor, a menos que el Director haya concedido una excepción a petición del director. El director será notificado por escrito si se concede una excepción.
- El visitante propuesto no está en la lista de visitantes aprobados de otro preso, excepto como familiar inmediato. En otras palabras, un visitante puede estar en la lista de todos los presos que son miembros de la familia inmediata, pero solo en la lista de un preso que no es miembro de la familia inmediata.
- Si el visitante propuesto es un empleado del Departamento, solo puede visitarlo según lo establecido en el Manual del empleado.
- Si el visitante propuesto es un voluntario, puede visitar solo como se establece en PD 03.02.105-Servicios y Programas de Voluntarios.
No obstante lo anterior, el director puede denegar la inclusión de cualquier persona en la lista de visitantes aprobados de un recluso por motivos de seguridad de la instalación, protección del público, violaciones anteriores de las reglas de la sala de visitas por parte del visitante propuesto o por otra causa razonable que determine el director.
VISITAS DEL CLERO:
El clero puede visitar durante el horario de visita regular del prisionero. El MDOC define al clero como:
Líderes de una organización o entidad religiosa, como una iglesia, mezquita o sinagoga, o personas a las que se les ha otorgado el estatus de clérigo por una religión reconocida y tienen el respaldo eclesiástico de una autoridad religiosa. Esto no incluye a nadie que haya sido autodeclarado o designado como clérigo por un preso.
Se aconseja a los miembros del clero que llamen al centro para determinar las horas de visita. En circunstancias especiales, una visita fuera de las horas de visita regulares puede ser aprobada por el director. Esta aprobación debe concederse antes de la visita.
En la instalación, el miembro del clero debe presentar al oficial del Mostrador de Información una identificación con fotografía, como una licencia de conducir y una prueba de estatus del clero. Esa documentación varía de un grupo de fe a otro. Esto puede ser una carta de nombramiento a la congregación como su pastor o una copia de un certificado de ordenación o licencia de clero. También se puede usar literatura como un boletín de adoración o un boletín mensual que identifique a la persona como clérigo.
Para obtener más información, consulte PD 05.03.140-Visita de prisioneros.
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