Registro de órdenes de detención de Oregón: Órdenes de detención Pendientes y Activas en OR
La Ley 133.110 de Oregón se ocupa de la emisión de órdenes de detención y citaciones. De conformidad con este título, se puede dictar una orden de detención sobre la base de una denuncia presentada ante el tribunal si el magistrado está convencido de que hay causa probable para considerar a la persona en cuestión responsable de un incidente penal. Si el delito está sujeto a una citación, el magistrado puede ordenar a un oficial de paz que libere dicha orden.
¿Quién tiene la autoridad para emitir órdenes de arresto activas en Oregón?
De acuerdo con los Estatutos de Oregón 133.030 y 133.120, un juez de la Corte Suprema o de la Corte de Apelaciones puede emitir una orden de arresto por cualquier delito cometido o juzgable dentro del estado, y cualquier otro magistrado mencionado en ORS 133.030 puede emitir una orden por cualquier delito cometido o enjuiciable dentro de la jurisdicción territorial de la corte de magistrados. Además, las autoridades de estas entidades judiciales tienen facultades para emitir otros procesos legales, como órdenes de registro, órdenes de detención, etc.
El contenido y la forma de las órdenes de detención
Todas las órdenes judiciales, incluidas las órdenes de registro, las directrices de detención y las órdenes de detención, deben emitirse por escrito. Se supone que las órdenes de detención activas contienen información sobre el acto delictivo cometido, las pruebas que se utilizaron para establecer la causa probable, el nombre y los datos de identificación personal del acusado y una orden clara para que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley detengan al presunto delincuente.
Aparte de esto, todas las órdenes de arresto de Oregon tendrán la fecha de emisión y el condado de liberación impresos en ellas y estos documentos tendrán la firma del oficial judicial que otorgó la orden junto con el nombre de su oficina. Las órdenes de detención también contendrán detalles sobre las condiciones de detención, en particular si difieren de lo prescrito en las leyes. Además, el documento tendrá una descripción de la cláusula de liberación si es aplicable. Todo esto se establece en los Estatutos de Oregón 133.140.
¿Quién puede hacer arrestos bajo órdenes?
De conformidad con los Estatutos de Oregón 133.220, los agentes del orden que están autorizados a detener a un delincuente según las disposiciones de una orden judicial son:
- Agentes de paz
- Agentes de policía del Estado
- Agentes de libertad condicional
- Agente federal
- Una persona privada que realiza un arresto ciudadano
El procedimiento seguido al hacer arrestos
Los Estatutos de Oregón 133.235 establecen que, cuando actúa bajo una orden judicial, un agente de paz puede detener al acusado en cualquier momento del día o de la noche y desde cualquier lugar el agente de la ley . Dependiendo de la naturaleza del delito, un delincuente puede incluso ser arrestado fuera del condado en el que se emitió la orden.
Sin embargo, esto generalmente se hace cuando la transgresión legal encargada por el acusado es un delito grave o un delito menor grave. Al proceder a la detención, el funcionario encargado está obligado por ley a informar al detenido de la autoridad del funcionario y de la razón por la que se detiene al acusado.
Incluso si el agente de las fuerzas del orden no lleva consigo la orden de detención durante la detención, el detenido debe ser informado de la existencia de la orden judicial y el documento debe ponerse a disposición del acusado o de su representante legal cuando lo solicite. Los agentes del orden público están autorizados a utilizar la fuerza física y a entrar en los locales por la fuerza, de ser necesario, para efectuar la detención.
Obtención de información sobre registros de arrestos y órdenes de arresto pendientes en Oregón
Aunque la Policía del Estado de Oregón también acepta solicitudes civiles de registros de órdenes, los resultados de dicha verificación solo traerán información sobre casos que aún están en juicio o que han terminado en condena. Cuando se trata de informes completos de antecedentes criminales, el acceso a estos solo se otorga a las agencias policiales de Oregón.
Otro problema que enfrentan los solicitantes civiles cuando buscan registros y órdenes de arresto es que esta información no se puede buscar de forma tan anónima como en otros estados. Los organismos estatales están obligados por ley a notificar al sujeto de la investigación que han recibido una solicitud de un informe de antecedentes sobre esa persona y el nombre del solicitante de la investigación.
Por lo tanto, incluso si se pusiera en contacto con la oficina local del sheriff o el secretario de la corte para obtener dichos registros, informarán al sujeto de la búsqueda. Sin embargo, si solicitara datos no criminales de la base de datos de registros de la corte que mantiene la oficina del secretario del condado, esta consulta se tratará discretamente. Sin embargo, solo se le permitirá revisar los expedientes de la corte civil. Otra forma de buscar datos sobre delitos es consultar la lista de los más buscados publicada en el sitio web del sheriff.
Si prefiere acercarse a la Policía del Estado de Oregón, deberá llevar su orden de registro a su Unidad de Servicios de Identificación. Aceptan solicitudes de investigación de antecedentes personales, así como verificaciones de datos de delitos de terceros. Para obtener más información al respecto, puede visitar el sitio web de la agencia en http://www.oregon.gov/osp/ID/pages/public_records.aspx.
Para iniciar la búsqueda de registros de delitos, deberá llenar el formulario en http://www.oregon.gov/osp/ID/docs/crim_history.pdfand envíelo a la Unidad de Verificación de Antecedentes del Departamento de Servicios Humanos de Oregón, Apartado de correos 14870, Salem O 97309. La consulta se cobrará a 1 10. Para verificaciones de antecedentes personales, puede enviar tarjetas de huellas dactilares a la agencia. Una búsqueda en línea también es posible, pero para ello, deberá registrarse con registros abiertos del OSP y obtener una cuenta comercial.
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