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Programa de Asistencia de Vivienda del Condado de Dallas-Jewish Family Service of Greater Dallas

En asociación con el Condado de Dallas, Jewish Family Service proporcionará asistencia de vivienda para aquellas personas afectadas por la crisis de COVID-19 que viven fuera de la ciudad de Dallas, pero dentro del Condado de Dallas.

THIS APPLICATION IS NOW CLOSED

ESTA APLICACIÓN YA ESTÁ CERRADA

Individuals impacted by COVID19 can apply for the Dallas County Emergency Housing Assistance Program through this link/ Las personas afectadas por COVID19 pueden solicitar el Programa de Asistencia de Vivienda de Emergencia del Condado de Dallas a través de este enlace: https://www.dallascounty.org/departments/dchhs/ehap-2021.php

Para aquellas personas que no se vieron afectadas por la COVID19, estos recursos adicionales pueden ser útiles:211

  • Caridades católicas – 866-223-7500
  • Ejército de Salvación – Carr P Collins Service Center – Dallas – 214-424-7000
  • Ejército de Salvación – Irving – 972-438-6553
  • Salud del Condado de Dallas& Servicios Humanos – 214-819-1800
  • Ministerios Compartidos del Norte de Dallas – 214-358-8700
  • Si se enfrenta a un desalojo, comuníquese con Legal Aid of Northwest Texas para conocer su Programa de Protección contra el Desalojo desalojos: https://stoptxeviction.org/

    ÁREA DE ELEGIBILIDAD:

    Para personas y hogares elegibles que residen principalmente dentro del Condado de Dallas, excepto la Ciudad de Dallas, que tiene su propio programa de asistencia de vivienda.

    CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD:

    • La residencia principal debe haber estado dentro del área elegible desde al menos el 1 de marzo de 2020
    • Las unidades de vivienda deben cumplir con los Estándares de Calidad de Vivienda de HUD y poseer un alquiler que no exceda el estándar de alquiler razonable del Condado
    • Los solicitantes deben poseer ingresos familiares del 80% o menos del ingreso medio del área de Dallas y proporcionar pruebas de que sus ingresos se han visto afectados adversamente por la pandemia actual (pérdida de empleo, reducción de horas, reducción de sueldo, aumento de los gastos de atención médica, gastos adicionales de cuidado de niños.
    • Los solicitantes ya no pueden estar recibiendo asistencia de vivienda financiada por la Ley CARES de otra entidad o agencia,
    • Los solicitantes no pueden estar ocupando actualmente una vivienda propiedad de un familiar inmediato, utilizando un vale de elección de vivienda/basado en un proyecto, o viviendo en una vivienda pública.
    • Cumplir con estos criterios no obliga al Condado ni a sus socios sin fines de lucro a proporcionar asistencia a ningún solicitante.

    DESCRIPCIÓN GENERAL:

    Se proporcionará una cantidad máxima de 1 1,500 por mes durante un máximo de tres meses bajo este programa para gastos de vivienda, como alquiler, pagos de hipoteca y servicios públicos. Los fondos se pueden usar para pagar la totalidad de cualquier parte de estos gastos, incluidos los atrasos que ocurrieron después (pero no antes) del 1 de marzo de 2020. Los fondos se emitirán en forma de subvención y se pagarán directamente al propietario o al acreedor hipotecario en nombre del solicitante. La asistencia proporcionada nunca excederá la diferencia entre el 30% de los ingresos del hogar y el estándar de alquiler razonable del programa. No se proporcionará asistencia a los hogares sin la aprobación previa del Condado de Dallas.

    FAQ:

    ¿Recibo el dinero directamente?

    No, el dinero se paga directamente al propietario para asistencia de alquiler y al prestamista para asistencia hipotecaria o al proveedor de servicios públicos. Su propietario/compañía hipotecaria/proveedor de servicios públicos debe estar dispuesto a aceptar el pago de cualquiera de los tres socios sin fines de lucro en su nombre.

    Tengo acceso a Internet, ¿cómo solicito asistencia para hipoteca / alquiler de COVID-19?

    A partir del martes 12 de mayo, complete una solicitud en línea disponible en esta página. La aplicación está disponible en inglés y español.

    ¿Tendré que devolver el dinero en el futuro?

    No. La asistencia es en forma de subvención, no de préstamo.

    ¿Los no ciudadanos que no tienen toda la documentación de elegibilidad listada pueden solicitar los programas de asistencia hipotecaria o de alquiler de emergencia COVID-19?

    Sí, las personas indocumentadas que no posean una identificación de EE.UU./Texas siguen siendo elegibles para solicitar a través de cualquiera de las tres solicitudes de socios sin fines de lucro.

    ¿puedo solicitar y recibir asistencia con más de una de las agencias al mismo tiempo?

    Cuando un cliente inicia el proceso con una de las agencias, se espera que permanezca con esa agencia durante el proceso de subvención. La financiación es de hasta 3 meses de apoyo, acumulativos, sin embargo, no es necesario que sean meses consecutivos. Además, los fondos de varias organizaciones no pueden utilizarse simultáneamente.

    Soy propietario, prestamista hipotecario o proveedor de servicios públicos, ¿cómo me pagan?

    El personal se pondrá en contacto con usted al correo electrónico o al número de teléfono que el cliente proporcionó con los siguientes pasos una vez que su inquilino, hipoteca o cliente de servicios públicos sea aprobado para esta subvención. El pago se procesará en un plazo de 2 semanas a partir de la aprobación de la subvención.

    Descargar y Compartir:

    Información en Español del Programa de Asistencia de Vivienda de Emergencia del Condado de Dallas

    Información en Inglés del Programa de Asistencia de Vivienda de Emergencia del Condado de Dallas

    Las preguntas se pueden enviar a [email protected].