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Poder Notarial

Descripción general

El documento de Poder Notarial Especial Duradero (POA) de NYSLRS permite que otra persona, conocida como el «agente» (por ejemplo, un amigo o familiar de confianza) actúe en su nombre con respecto a las transacciones de beneficios de jubilación. Puede elegir designar un poder notarial en caso de emergencia, hospitalización o enfermedad inesperada, pero tenga en cuenta que no es necesario esperar hasta que ocurra una emergencia para presentar su formulario de POA de NYSLRS.

En circunstancias normales, el NYSLRS no divulgará información de beneficios sin su permiso, ni siquiera a familiares cercanos. Sin embargo, si tenemos registrada una copia aprobada de su formulario de POA, podemos discutir su información con el agente que usted nombra en su POA. Por ejemplo, su agente podría pedirle detalles sobre sus deducciones de pago de pensión, obtener ayuda para completar una solicitud de préstamo o llamarnos para obtener aclaraciones si no entiende una carta que recibió.

Un Poder notarial es un documento poderoso. Una vez que designe a alguien, esa persona puede actuar en su nombre con o sin su consentimiento. Le recomendamos encarecidamente que consulte a un abogado antes de ejecutar este documento.

Envíe el Formulario de Poder Notarial de NYSLRS para un Servicio más Rápido

El formulario de poder notarial duradero especial de NYSLRS cumple con todos los requisitos legales del Estado de Nueva York.

El formulario está limitado a transacciones de beneficios de pensión del NYSLRS. Por ejemplo, no permitirá que el agente haga cambios en una cuenta de jubilación de Compensación Diferida del Estado de Nueva York.

Un formulario de Poder notarial no es efectivo hasta que haya sido revisado por el NYSLRS para verificar su solidez legal. Nuestro proceso de revisión se simplifica para los envíos que usan el formulario NYSLRS, para que podamos completar nuestra revisión más rápido si lo usa.

¿Qué Puede Hacer Mi Agente?

Autoridades estándar Su agente tendrá

Su agente puede acceder a la información específica de su cuenta sobre sus beneficios de jubilación de NYSLRS (por teléfono, correo electrónico o correo postal) y actualizar su información de contacto, incluida su dirección y número de teléfono. Además, su agente podrá:

  • Averiguar los saldos de su cuenta;
  • Tomar un préstamo;
  • Obtener copias de los documentos en su archivo de jubilación;
  • Solicitar para recibir beneficios de jubilación; o
  • Cambiar su retención de impuestos (para jubilados).

Autoridad especial que puede otorgar a su agente

También puede tener la intención de que su agente tenga «autoridad para regalar», lo que significa que podrá:

  • Depositar dinero directamente en una cuenta bancaria conjunta;
  • Elegir una opción de pago de; y
  • Designar o cambiar a sus beneficiarios de beneficios por fallecimiento, incluyendo nombrarse a sí mismo como su beneficiario.

Regalar usando el formulario de NYSLRS

Si usa el formulario de NYSLRS, y su agente es su cónyuge, pareja de hecho, padre o hijo, entonces su agente tendrá «autoridad para regalar».»

Si desea asignar autoridad para regalar a un agente que no sea su cónyuge, pareja de hecho, padre o hijo, debe indicar, en la sección «Modificaciones» del formulario de NYSLRS (página 3, sección g), que desea que su agente tenga la capacidad de designarse a sí mismo aunque no sea un familiar inmediato.

Regalar sin usar el formulario de NYSLRS

Si no utiliza el formulario de NYSLRS, y en su lugar envía un POA preparado por separado, un Anexo de Regalos Estatutarios (SGR – un adjunto al POA) deberá acompañar o formar parte de su POA si tiene la intención de que su agente tenga autoridad para regalar. Incluso si el agente designado es un miembro de la familia, para realizar cualquier acto que constituya un «regalo», se debe incluir el SGR.

Para que un POA con SGR sea válido, el POA debe contener la autoridad de donación con iniciales del director (usted), y un SGR válido debe haber sido creado el mismo día que el POA. Este SGR debe ejecutarse de conformidad con los requisitos de la Ley de Obligaciones Generales de Nueva York §5-1514.

Si tiene alguna pregunta sobre los requisitos de ejecución para un SGR, o los requisitos de la Ley de Obligaciones Generales de Nueva York §5-1514, le sugerimos que consulte a un abogado.

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Enviar Su documento a NYSLRS

Si decide nombrar a alguien para que actúe en su nombre con respecto a sus beneficios de jubilación de NYSLRS, es importante que envíe su POA a NYSLRS para que se pueda revisar y anotar en su cuenta. Puede presentar un documento de POA si está jubilado o sigue trabajando, y aceptaremos una fotocopia. Puede enviarlo por correo a:

NYSLRS
110 State Street
Albany, NY 12244-0001.

Puede revocar o cancelar su POA en cualquier momento y por cualquier motivo enviando una carta firmada a la dirección anterior. Si tiene preguntas sobre cómo enviar su POA o sobre lo que su agente podrá hacer, contáctenos.