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Leyes de Conducción de Ciclomotores y Ciclomotores de California

Leyes de conducción de ciclomotores y ciclomotores de California

Si está considerando cambiar su automóvil por un scooter, ciclomotor o motocicleta eléctricos en su viaje diario al trabajo, debe conocer las leyes de conducción que se aplican a los conductores de ciclomotores o ciclomotores de California antes de salir a la carretera.

Clasificaciones de vehículos de 2 ruedas

El DMV de California tiene varias clasificaciones diferentes de vehículos de 2 ruedas y debe identificar a qué clase pertenece su vehículo para saber qué leyes se aplican a usted.

  • Las motocicletas tienen solo dos ruedas y un motor de más de 150 cc de tamaño. Las motocicletas deben estar registradas y sus conductores deben tener una licencia de motocicleta (M1) válida.
  • Los ciclos impulsados por motor tienen motores de 149 cc o menos. Estos vehículos también deben estar registrados y requieren que los conductores tengan una licencia M1.
  • Los ciclomotores o «bicicletas motorizadas» son vehículos que son completamente eléctricos o tienen pedales complementados con un motor de transición automático. Hay dos categorías de ciclomotores: Ciclomotores que son capaces de velocidades superiores a 20 pero inferiores a 30 millas por hora, que requieren una licencia de motocicleta (M1 o M2); y ciclomotores que no pueden alcanzar una velocidad superior a 20 millas por hora, que se pueden conducir con cualquier clase de licencia de conducir. Ambas categorías de ciclomotores deben estar registradas.
  • Los scooters son impulsados por un motor, tienen manillares y una tabla del suelo diseñada para colocarse cuando se conduce. Los scooters se pueden conducir con cualquier clase de licencia de conducir y no tienen que estar registrados.

Registrar su vehículo y Obtener la Licencia Correcta

Si su vehículo está clasificado como motocicleta, motocicleta o primer tipo de ciclomotor de la categoría anterior, deberá obtener una licencia de motocicleta y registrar su vehículo. Ambos se pueden hacer en su DMV local. Si ya tiene una licencia y su vehículo pertenece a la segunda categoría de ciclomotores, solo necesitará completar el registro; y si va a conducir un scooter, no hay pasos adicionales que tomar antes de salir a la carretera.

Leyes de tránsito para Vehículos de 2 ruedas en California

De acuerdo con el Código de Vehículos de California, los conductores de scooters motorizados y ciclomotores de segunda clase en carreteras tienen los mismos derechos y están sujetos a las mismas leyes de tránsito que los conductores de vehículos tradicionales, incluida la conducción bajo los efectos de drogas y alcohol. Se requiere que los vehículos tengan un faro, que se manejen en el carril para bicicletas cuando sea posible, y que los conductores usen cascos en todo momento. Además, los scooters motorizados no se pueden conducir en carreteras que tengan un límite de velocidad superior a 25 mph, a menos que haya un carril para bicicletas. Las motocicletas, los ciclomotores impulsados por motor y los ciclomotores de primera clase se pueden conducir en la carretera como lo haría cualquier automóvil.

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