Leyes de bicicletas de California
El Código de Vehículo de California contiene las leyes estatales que especifican dónde y cómo deben operar las bicicletas. En su mayor parte, los ciclistas tienen los mismos derechos y responsabilidades que los conductores de vehículos de motor. (CVC 21200).
Hay algunas reglas específicas. A continuación, para su beneficio, resumimos las secciones clave de la ley que se relacionan con el ciclismo.
DONDE PUEDES VIAJAR
Si te mueves tan rápido como el tráfico, puedes viajar donde quieras.
Si te mueves más lento que el tráfico, puedes «tomar el carril» si no es lo suficientemente ancho para que una bicicleta y un vehículo compartan uno al lado del otro de forma segura. La ley dice que las personas que viajan en bicicleta deben viajar lo más cerca posible del lado derecho de la carretera, excepto en las siguientes condiciones: al pasar, prepararse para un giro a la izquierda, evitar peligros, si el carril es demasiado estrecho para compartir, o si se aproxima a un lugar donde se autoriza un giro a la derecha. (CVC 21202) Desafortunadamente, algunos automovilistas e incluso la policía no entienden el derecho de los ciclistas a «tomar el carril».»Si tiene un problema legal basado en este entendimiento, considere llamar a uno de los abogados amigables con las bicicletas que identificamos en nuestra página de «Ayuda en caso de accidente».
Use el carril para bicicletas. En una carretera con carril para bicicletas, los ciclistas que viajan más lento que el tráfico deben usar el carril para bicicletas, excepto cuando giran a la izquierda, pasan, evitan condiciones peligrosas o se acercan a un lugar donde se autoriza un giro a la derecha. CVC 21208
No tiene que usar el «carril para bicicletas protegido».»Una vez que un carril para bicicletas está separado del tráfico en movimiento con postes o estacionamiento de automóviles o cualquier otra cosa, ya no es un «carril para bicicletas» de acuerdo con la ley; es un «carril para bicicletas separado».»CVC 21208 no se aplica. Puede salir del carril bici separado por cualquier motivo. (SHC 890.4 d)
Viaje con tráfico. Los ciclistas deben viajar por el lado derecho de la carretera en dirección al tráfico, excepto cuando pasan, hacen un giro legal a la izquierda, viajan en una calle de sentido único, viajan en una carretera que es demasiado estrecha o cuando el lado derecho de la carretera está cerrado debido a la construcción de la carretera. Los ciclomotores CVC 21650
y las bicicletas eléctricas de alta velocidad no son como las bicicletas normales. Las bicicletas alimentadas con gas y las bicicletas eléctricas tipo 3 (con velocidades máximas asistidas de 28 mph) no se pueden usar en senderos, carriles para bicicletas o carriles, a menos que lo permitan las autoridades locales. Se pueden usar en carriles para bicicletas o carriles para bicicletas separados adyacentes a la carretera. CVC 21207.5 Requieren cascos y no pueden ser operados por personas menores de 16 años.
Las bicicletas eléctricas de baja velocidad son casi como bicicletas normales. Se permiten bicicletas eléctricas de tipo 1 y 2 (con velocidades asistidas superiores de 20 mph) donde se permiten bicicletas normales, a menos que un letrero prohíba específicamente las bicicletas eléctricas.
Obstrucción del carril bici: Nadie puede detenerse ni estacionar una bicicleta en un carril bici. CVC 21211
Aceras: Las ciudades y condados individuales controlan si los ciclistas pueden viajar en las aceras. Autopistas CVC 21206
: Las bicicletas (incluidas las bicicletas motorizadas) no se pueden usar en autopistas y autopistas donde el Departamento de Transporte de California y las autoridades locales lo prohíban. Puentes de peaje CVC 21960
: Los ciclistas no pueden cruzar un puente de peaje a menos que así lo permita el Departamento de Transporte de California. CVC 23330
EQUIPAR SU BICICLETA
Frenos: Las bicicletas deben estar equipadas con un freno que permita al operador ejecutar un deslizamiento de una rueda con freno en pavimento seco, nivelado y limpio. Manillar CVC 21201 (a)
: El manillar no debe estar más alto que los hombros del ciclista. CVC 21201 (b)
Tamaño de la bicicleta: Las bicicletas deben ser lo suficientemente pequeñas para que el ciclista pueda detenerse, apoyarla con un pie en el suelo y comenzar de forma segura. Luces CVC 21201 (c)
: Por la noche, debe fijarse a la bicicleta o al ciclista un faro blanco visible desde la parte delantera. Reflectores CVC 21201(d) y CVC 21201(e)
: Por la noche, las bicicletas deben tener los siguientes reflectores:
- Visibles desde la parte posterior: reflector rojo. Además del reflector, puede colocar una luz trasera roja sólida o intermitente.
- Visible desde la parte delantera & parte posterior: reflector blanco o amarillo en cada pedal o en los zapatos o tobillos del ciclista
- Visible desde el lateral: 1) reflector blanco o amarillo en la mitad delantera de la bicicleta y 2) un reflector rojo o blanco a cada lado de la mitad trasera de la bicicleta. Estos reflectores no son necesarios si la moto tiene material reflectante delantera y trasera de los neumáticos. CVC 21201 (d)
Asientos: Todos los usuarios deben tener un asiento permanente y regular, a menos que la bicicleta esté diseñada por el fabricante para ser montada sin asiento. Pasajeros de bicicletas que pesen menos de 40 libras. debe tener un asiento que los mantenga en su lugar y los proteja de las partes móviles. CVC 21204
MANEJO DE SU BICICLETA
Cascos: Los ciclistas y pasajeros de bicicletas menores de 18 años deben usar un casco aprobado cuando viajen en bicicleta. CVC 21212
Auriculares: Los ciclistas no pueden usar tapones para los oídos en ambos oídos ni auriculares que cubran ambos oídos. Se permiten audífonos. Teléfonos celulares CVC 27400
: A diferencia de los automovilistas, los ciclistas pueden usar un teléfono celular portátil mientras viajan. ¡Ten cuidado!
Alcohol y drogas: Los ciclistas no pueden viajar bajo los efectos del alcohol o las drogas. CVC 21200.5
Paseos en autostop: Los ciclistas no pueden hacer autostop en vehículos. CVC 21203
Artículos de transporte: Los ciclistas no pueden llevar artículos que les impidan usar al menos una mano sobre el manillar. CVC 21205
Peatones: Los ciclistas deben ceder el derecho de paso a los peatones dentro de los cruces peatonales marcados o dentro de los cruces peatonales sin marcar en las intersecciones. Los ciclistas también deben ceder el derecho de paso a los peatones total o parcialmente ciegos que porten un bastón predominantemente blanco o utilicen un perro guía. Estacionamiento CVC 21950 y CVC 21963
: Los ciclistas no pueden dejar bicicletas a sus lados en la acera ni estacionar bicicletas de una manera que obstruya a los peatones. CVC 21210
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