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Centro de Beneficios por Discapacidad

Los beneficios del Título XVI, también conocidos como SSI o Beneficios de Seguro de Ingreso Suplementario, son beneficios por discapacidad basados en las necesidades que administra la Administración del Seguro Social. A diferencia de los beneficios por discapacidad del Título II, los solicitantes no necesitan tener ningún crédito de trabajo para calificar para los beneficios del Título XVI. Sin embargo, necesitan cumplir con las restricciones de ingresos y activos establecidas por la Administración del Seguro Social.

Las prestaciones del Título XVI se financian con los ingresos fiscales generales, a diferencia de las prestaciones del Título II, que se financian con los impuestos de la Seguridad Social. El programa SSI se implementó para ayudar a las personas discapacitadas que tienen pocos o ningún ingreso. Estos beneficios pueden ayudar a las personas discapacitadas que enfrentan dificultades financieras graves con asistencia en efectivo para cubrir sus necesidades básicas y gastos de subsistencia. Aquellos que son mayores de 65 años y tienen necesidades financieras, pero no están discapacitados, también pueden calificar para los beneficios del Título XVI.

Al solicitar beneficios del Título XVI, deberá demostrar que padece una discapacidad permanente o de larga duración que le impida realizar una actividad laboral remunerada (o que tiene más de 65 años). La Administración del Seguro Social también analizará los ingresos y activos de su hogar. Puede tomar meses, o incluso años, para ser aprobado para los beneficios del Título XVI.

La cantidad máxima que puede recibir en los beneficios del Título XVI es de 6 674 por mes para una persona que califique y de 1 1,011 por mes para una pareja que califique. Algunos de los solicitantes que califican para los beneficios del Título XVI pueden recibir más de esta cantidad si el estado en el que viven complementa los pagos federales de SSI.

Las personas que califican para los beneficios del Título XVI también pueden calificar para programas de asistencia adicionales, como medicaid y cupones de alimentos. Si es aprobado para recibir beneficios del Título XVI, es posible que desee hablar con su agencia local de servicios humanos para discutir a qué otros beneficios puede tener derecho.